RECLAMACIÓN DEL IPC EN LAS PENSIONES DE ALIMENTOS
En todos los convenios reguladores y en todas las sentencias aparece reflejado siempre ( o casi siempre) que las pensiones de alimentos se incrementarán cada año en función al incremento del IPC. Sin embargo, y a pesar de esta previsión, cuando llega el momento de actualizar la pensión, el obligado a la misma juega al despiste y el beneficiario de la misma no la reclama judicialmente porque la cantidad a reclamar es pequeña.
En esta situación, los perjudicados son siempre los menores.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que el plazo para reclamar estas cantidades es de 5 años desde su devengo, por lo que siempre podemos reclamar judicialmente los atrasos correspondientes al IPC no satisfechos de los últimos 5 años.
No dejes de reclamar lo que corresponde a tus hijos. Ven a consultarnos, podemos ayudarte
Feliz día