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LA IMAGEN DEL MENOR EN REDES SOCIALES  ¿PUEDO COLGAR UNA FOTO DE MI HIJO EN INTERNET SIN CONSULTARLO CON EL OTRO PROGENITOR? 

14.04.2020

La SAP Cantabria nº 24/2020 Sección 2ª 13/01/2020  estima la petición de la madre y  acuerda que la difusión pública de la imagen de su hija en redes sociales sea autorizada por ambos progenitores. Ambos progenitores titulares de la patria potestad deberán consentir la utilización de la imagen de la menor, y si no fuera posible obtenerla por existir controversia, el progenitor interesado deberá acudir al juez para obtener la debida autorización.

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