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EL DIVORCIO SIN ACUERDO

15.04.2023


El  procedimiento judicial contencioso, es aquél al que tenemos que acudir cuando no hay acuerdo posible entre los cónyuges y tiene que ser el juez el que ha de decidir .

El primer paso a dar es contar con una abogada especialista en derecho matrimonial que te inspire confianza, con la que te sientas cómoda que sea capaz de entender lo que realmente quieres y necesitas. Te tienes que sentir comprendida, apoyada y acompañada en todo momento.

Se inicia un periodo de tiempo muy duro, con mucha incertidumbre, donde surgen muchísimas dudas, donde no vas a saber cómo actuar en algunas ocasiones o qué decir al otro, o cómo responderle a un WhatsApp que te ha enviado para no meter la pata. Tu capacidad para pensar de manera objetiva estará mermada y necesitaras mantener una comunicación fluida con tu letrada, una conexión que vaya más allá del mero y aséptico trato profesional.

Solo así la demanda de divorcio que se presente ante el juzgado reflejará fielmente lo que quieres trasmitir al juez para que tome una decisión a tu favor.

La demanda ha de ir acompañada de todos los documentos necesarios que acrediten los hechos expuestos, estos documentos pueden ser muy variados, desde pantallazos o videos de WhatsApp, testigos, o incluso conversaciones grabadas por teléfono.

La Prueba es fundamental en un proceso judicial, por ello siempre trabajo codo con codo con mis clientes para reunir y consensuar toda la prueba que sea necesaria.

Hasta que la demanda no está perfectamente definida y sus hechos debidamente acreditados no se interpone ante el Juzgado.

una vez presentada la demanda en el juzgado, la misma se envía al otro cónyuge a su domicilio para que conteste a la misma en un plazo de 20 días hábiles. Por lo que una vez recibida el otro cónyuge cuenta con este plazo para buscar abogado que le represente y contestar a la demanda.

Una vez contestada a la demanda el Juzgado fijará día y hora para la celebración del Juicio, en dicho juicio se practicará la prueba propuesta, se oirán a los testigos, se interrogarán a las partes e incluso se escucharán a los niños mayores de 12 años. (Es lo que denominamos exploración del menor y no se hace en la sala de vistas sino en el despacho del Juez de una manera más distendida e informal para que el menor no se sienta intimidado)

Siempre preparo con mis clientes este juicio, para que llegado el momento se sientan familiarizados con la dinámica del mismo y sepan cómo actuar y responder. Esto les genera tranquilidad y les ayuda a expresarse correctamente.

Finalizado el Juicio, el asunto queda visto para sentencia

Y una vez obtenida la sentencia si no es de nuestro agrado cabe la posibilidad de interponer un recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de 20 días.

Si tienes hijos menores es conveniente interponer antes de la demanda de divorcio una demanda de medidas provisionalísimas que regirán mientras dure el procedimiento de divorcio. Eso sí, antes de que transcurran 30 días desde que se adopten ha de interponerse la demanda de divorcio, porque de no ser así trascurrido este plazo dejarán de tener efectos.

Otra opción es pedir dichas medidas provisionales en la misma demanda de divorcio.

Da igual cuando se pidan, las mismas se van a determinar en un juicio anterior al juicio principal y regirán hasta que obtengamos las sentencias de divorcio.

Lo importante aquí es que los intereses de los hijos queden debidamente protegidos mientras se tramita el procedimiento de divorcio. Obtendremos un AUTO de medidas provisionales que se empezarán a aplicar de inmediato y si no se cumplen de manera voluntaria podremos pedir su ejecución forzosa.


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