CONVIVENCIA DEL PROGENITOR CUSTODIO CON SU PAREJA EN LA VIVIENDA FAMILIAR
Es muy común que el progenitor que ostenta la custodia y tiene atribuido el uso de la vivienda familiar, rehaga su vida con otra pareja y esta se instale en la vivienda cuya hipoteca siguen pagando a medias ambos ex cónyuges.
Lógicamente el progenitor no custodio se ve perjudicado, está pagando la mitad de una vivienda para que otro viva en ella.
Si este es tu caso, no desesperes, hay solución
El Tribunal Supremo dictamina que la convivencia de uno de los cónyuges con una nueva pareja en el domicilio familiar tras el divorcio extingue el derecho de uso sobre la misma al perder aquélla su antigua naturaleza por servir en su uso a una familia diferente
Ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos a poner punto y final a esta situación.
Victoria Ruiz Martínez abogada Icaib