¿ PENSIÓN COMPENSATORIA POR TIEMPO INDEFINIDO O TEMPORAL?

Establecer una pensión compensatoria con carácter indefinido o temporal depende única y exclusivamente de la valoración que la juez haga de las circunstancias personales, sociales, económicas etc de aquella persona que la solicita.
El plazo de duración de la pensión compensatoria dependerá de la PREVISIÓN REAL para el demandante de la pensión de superar con CERTIDUMBRE y POTENCIALIDAD REAL el desequilibrio existente.
Se requiere una alto índice de probabilidad de que esa persona va a poder desenvolverse autónomamente una vez trascurrido el plazo fijado, y es la juez quien ha de ponderar de manera prudente esta posibilidad, adoptando plazos flexibles o generosos o bien adoptando medidas que eviten la desprotección.
¿ Qué circunstancias va a tener en cuenta el juez para limitar o no el plazo?
la STS 4422/2022 de 28 de noviembre de 2022 ha fijado la pensión compensatoria indefinida para la demandante teniendo en cuenta que :
- Dejó de trabajar al poco tiempo de casarse.
- Tiene 3 hijos, dos de los cuales son menores de edad.
- Ella tiene 55 años.
- No tiene una formación actualizada y suficiente..
- No se motiva la previsibilidad motivada en orden a la superación del desequilibrio.
- En cuanto a la compensación con la liquiración de bienes, considera que el patrimonio existente no es suficiente.
- Ella invirtió su vida laboral en la familia para que el esposo prosperase laboralmente